El Reglamento Europeo 261 2004 permite a los pasajeros solicitar una indemnización por problemas en sus vuelos. Comprueba ahora si tienes derecho a una compensación.
Por suerte hace tiempo que la UE cuenta con legislación y normas de conducta para las aerolíneas, tanto para las que pertenecen a Europa, como aquellas que vuelan a o con destino a la Unión Europea.
Los derechos de los pasajeros comenzaron a fraguarse a finales del siglo XX cuando la mayoría de los países del mundo aprobaron en Montreal el convenio para unificar las reglas que regían el transporte aéreo internacional de pasajeros. En este convenio se establecía que las compañías aéreas deben hacerse responsables de los perjuicios ocasionados a sus pasajeros por cancelaciones y retrasos.
Cinco años después, en febrero de 2004, la Unión Europea creó y aprobó en Reglamento (CE) nº 261/2004, mediante el que se ampliaban los derechos de los pasajeros estableciendo obligaciones específicas para las aerolíneas como la obligatoriedad de indemnizar por cancelaciones o denegaciones de embarque.
En 2009 se amplió también a la compensación por retrasos largos, lo que se traduce en que los pasajeros también tienen derecho a que se estudie su reclamación en estos casos y a ser indemnizados en muchos casos.
El Reglamento (CE) No. 261/2004 sigue a día de hoy siendo la norma que regula las cancelaciones, denegaciones de embarque y retrasos, y en él se contemplan todos los casos que determinan si un cliente tiene derecho a una indemnización por parte de la compañía aérea. En AirAdvisor te ayudamos con todo el proceso, para que sepas sin ningún coste si tienes derecho a una compensación o indemnización.
Solo tienes que proporcionarnos todos los datos del vuelo y del incidente que tuviste y desde AirAdvisor nos pondremos manos a la obra para ver la cantidad a la que puedes optar.
¿Vuelo interrumpido? Es posible que tenga derecho a una compensación, de hasta 600 €Compruebe su vuelo
Obviamente la compensación irá en función del problema sufrido, una cancelación, una denegación de embarque, un retraso y su duración. El otro factor a tener en cuenta es la distancia del vuelo, entre el aeropuerto de salida y el destino final, independientemente de las escalas realizadas y donde se hayan producido las mismas.
En este último caso hay que recordar que si el retraso fue superior a 3 horas, pero inferior a 4, la cantidad de dinero a recibir a modo de compensación se reduce a la mitad.
El importe total que puedes recibir en concepto de compensación varía en función de la distancia recorrida por tu vuelo y, en ocasiones, también por el tiempo total de retraso en la llegada a tu destino final.
Podrás solicitar una compensación por un retraso en un vuelo en caso de que se cumplan los siguientes criterios:
Cuando se cancela tu vuelo tienes derecho a reclamar ser indemnizado de acuerdo con lo establecido en el 261 2004, aunque claro se tienen que cumplir determinadas condiciones para que se den los requisitos necesarios para poder recibir la compensación. En AirAdvisor calculamos todas los factores para obtener la cantidad exacta que puedas percibir, para ello hay que tener en cuenta los siguientes factores:
En los casos excepcionales en los que las cancelaciones se deben a circunstancias extraordinarias, como el estallido de una pandemia o la erupción de un volcán, se revisarán con otros criterios, pero esto no significa que no se puedan reclamar indemnizaciones. Siempre que se retrase un vuelo, la aerolínea tiene la obligación de llevar al pasajero a su destino eventualmente o reembolsarle el dinero pagado.
Si su vuelo se retrasó, canceló o tuvo overbooking en los últimos 3 años, podría ser elegible para una compensación de hasta 600 €Compruebe su vuelo
En caso de que un vuelo se retrase más de cinco horas, y el pasajero lo desee podrá pedir un reembolso de lo pagado por el pasaje, pero esto excluye de futuras indemnizaciones ya que solo se pueden solicitar después de aterrizar en el destino final. En casos excepcionales en los que el pasajero haya tenido que buscar una ruta alternativa para llegar al destino, podrán reclamarse de manera conjunta el reembolso y la indemnización.
El reglamento ce nº 261 2004 también cubre este tipo de eventos y se establece que las indemnizaciones por overbooking sean las mismas que en el caso de que se haya cancelado un vuelo aplicándose las mismas reglas, condiciones e indemnizaciones.
El tiempo varía dependiendo del país y la autoridad ante la que se va a presentar la reclamación, en España el plazo es de hasta 5 años.
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