
Si sufres un retraso en tu vuelo en el Aeropuerto Internacional de Atenas, es fundamental que conozcas tus derechos. El Reglamento (CE) n.º 261/2004 establece unas directrices claras para proteger los intereses de los pasajeros aéreos y proporcionar compensaciones en caso de retrasos en los vuelos. Estas normas se aplican a todos los vuelos que salen o llegan al aeropuerto de Atenas, independientemente de la compañía aérea.
Puntos claves
- Para retrasos de 2 horas o más en vuelos de corta distancia (hasta 1.500 kilómetros) la compañía aérea debe ofrecerte refrescos, medios de comunicación y, si es necesario, alojamiento.
- En caso de retrasos superiores a 3 horas en vuelos de corta distancia o de media distancia (entre 1.500 y 3.500 kilómetros) puedes tener derecho a una compensación económica además de la asistencia mencionada anteriormente.
- En vuelos de larga distancia (más de 3.500 kilómetros) con retrasos superiores a 4 horas es probable que tengas derecho a una compensación económica además de refrescos, medios de comunicación y alojamiento, si es necesario.
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Cabe señalar que las circunstancias que provocan el retraso, como circunstancias extraordinarias ajenas al control de la compañía aérea, pueden eximir a esta de su obligación de indemnizar. No obstante, sigues teniendo derecho a asistencia y atención durante el periodo de retraso.
¿Cuánto puedes reclamar por un retraso en el aeropuerto de Atenas?
A continuación, encontrarás un desglose simplificado de la indemnización económica que puedes reclamar en caso de retraso en un vuelo con origen o destino en el aeropuerto de Atenas:
- Vuelos de hasta 1.500 kilómetros: si el retraso es superior a tres horas, puedes reclamar hasta 250 € por pasajero.
- Vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros: si el retraso supera las tres horas, puedes reclamar hasta 400 € por pasajero.
- Vuelos de más de 3.500 kilómetros: si el retraso es superior a cuatro horas, puedes reclamar hasta 600 € por pasajero.
Tiempo de retraso | Distancia del vuelo | Importe de la compensación |
3 horas o más | < 1.500 km | 250 € |
3 horas o más | 1.500-3.500 km | 400 € |
3 horas o más | > 3.500 km | 600 € * |
Menos de 3 horas | Sin derecho a compensación | |
¿Cuánto puedes reclamar por una cancelación en el aeropuerto de Atenas?
Según el Reglamento (CE) n.º 261/2004, los pasajeros tienen derecho a recibir reembolsos y compensaciones por vuelos cancelados, siempre que se cumplan determinados criterios. Si la cancelación depende de la compañía aérea y no se debe a circunstancias extraordinarias, esta está obligada a ofrecerte el reembolso íntegro del billete o un vuelo alternativo a tu destino. La aerolínea debe informarte de la cancelación lo antes posible, idealmente al menos 14 días antes de la salida prevista. Si la notificación se realiza con menos de 14 días de antelación, la aerolínea debe ofrecerte una compensación económica además del reembolso o de opciones de vuelo alternativas.
El importe de la compensación depende de la distancia del viaje y del horario del vuelo alternativo ofrecido. Es importante saber que, si la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias ajenas al control de la aerolínea, como condiciones meteorológicas adversas o restricciones del control del tráfico aéreo, esta puede quedar exenta de la obligación de indemnizarte. Sin embargo, incluso en tales circunstancias, sigues teniendo derecho a asistencia, incluyendo comidas, refrescos, alojamiento y medios de comunicación durante el tiempo que tengas que esperar al vuelo alternativo.

Denegación de embarque en el aeropuerto Eleftherios Venizelos
Si te deniegan el embarque en el aeropuerto Eleftherios Venizelos de Atenas, tus derechos están protegidos por la normativa UE 261. En caso de overbooking, es decir, cuando hay más pasajeros con reserva confirmada que plazas disponibles, la aerolínea debe buscar primero voluntarios que cedan sus plazas a cambio de una compensación, un cambio de reserva o un reembolso. Si no hay suficientes voluntarios, se puede producir una denegación involuntaria de embarque. En este caso, tienes derecho a una compensación, a un transporte alternativo o a un reembolso, con importes que oscilan entre 250 € y 600 €, en función de la distancia del vuelo y del retraso de vuelo que sufras debido a la denegación de embarque.
Si la denegación de embarque se debe a circunstancias excepcionales ajenas al control de la compañía aérea, como restricciones del control del tráfico aéreo, emergencias médicas o problemas de seguridad imprevistos, normalmente está exenta de tener que proporcionarte una compensación económica.
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Caso de éxito: cancelación del vuelo Barcelona–Atenas indemnizada con 573,64 €
El 1 de octubre de 2025, una pasajera viajaba desde Las Vegas (Nevada) hasta Atenas, con una conexión en Barcelona operada por Vueling (vuelo VY8102). Cuando ya estaba de camino, recibió un correo electrónico informándole de que su vuelo Barcelona–Atenas había sido cancelado debido a una huelga, con menos de 7 días de antelación sobre la fecha prevista de salida.
Según el Reglamento (CE) n.º 261/2004, una cancelación notificada con tan poca antelación da derecho a compensación, salvo que la aerolínea pueda demostrar circunstancias extraordinarias. AirAdvisor gestionó la reclamación en nombre de la pasajera y consiguió tanto la compensación fija como el reembolso de los gastos adicionales derivados del cambio de itinerario.
Info | Detalle |
Aerolínea | Vueling Airlines |
Número de vuelo | VY8102 |
Ruta | Barcelona (BCN) – Atenas (ATH) |
Fecha del vuelo | 1 de octubre de 2025 |
Incidencia | Cancelación del vuelo (huelga) |
Aviso de cancelación | Menos de 7 días antes de la salida |
Compensación (Reglamento CE 261/2004) | 400 € |
Gastos adicionales reembolsados | 173,64 € |
Importe total obtenido | 573,64 € |
Resultado | Compensación pagada – caso cerrado |
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